Ciudad de México.– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se encamina a otorgar un amparo a Claudia Ivonne Sánchez Mendoza, sentenciada a 22 años de prisión por explotación sexual. El proyecto, elaborado por el ministro Arístides Guerrero García, propone dejar sin efecto la condena actual para dictar una pena menor, bajo el argumento de que la mujer fue sancionada dos veces por la misma agravante.
El conflicto jurídico: ¿Doble penalización?
El núcleo de la propuesta ministerial, que será discutida el próximo miércoles 29 de abril, radica en un análisis técnico de la Ley General de Trata de Personas. El ministro Guerrero García sostiene que, si bien existen pruebas de la responsabilidad de la acusada, el tribunal de apelación incurrió en un error constitucional al aplicar la agravante del artículo 42 (que aumenta la pena cuando hay más de una víctima).
De acuerdo con el proyecto, el artículo 13 de dicha ley ya contempla en su descripción básica el beneficio de la explotación de "una o más personas". Por lo tanto, aplicar un aumento de pena por la pluralidad de víctimas violaría el principio de non bis in idem, el cual establece que nadie puede ser juzgado —ni castigado— dos veces por el mismo hecho.
Antecedentes: De Santa Martha a la Suprema Corte
El caso de Sánchez Mendoza ha tenido un largo recorrido institucional:
- 2013: Fue detenida tras un operativo de la SEIDO en el centro nocturno "Solid Gold", en la Zona Rosa, señalada de coordinar la contratación y el control de mujeres extranjeras mediante engaños y amenazas migratorias.
- 2022: Recuperó su libertad tras la histórica visita del entonces ministro Arturo Zaldívar al penal de Santa Martha Acatitla.
- 2024: Las víctimas lograron un amparo que obligó a revisar el caso, derivando en una nueva orden de reaprehensión que la acusada evitó mediante una suspensión.
La postura de la defensa y el proyecto
Aunque la implicada sostiene que sus funciones eran meramente administrativas y denunció tortura y violaciones al debido proceso, el proyecto de la Corte ratifica que intervino en la contratación y control de víctimas vulnerables de Sudamérica y Europa.
Sin embargo, el fallo favorecería la reducción de su sentencia debido a que "no fue correcto aplicar la agravante porque el delito ya sanciona esa situación". De aprobarse el proyecto, el tribunal correspondiente deberá recalcular la pena, la cual originalmente oscila entre los 15 y 30 años de prisión, pero ahora sin el excedente de la agravante impugnada.